19/03/13

Solidariedade con Noelia Cotelo. Querémola na Galiza XA!!!. Chamadas Continuadas e envio de Faxes do Martes 19 ao Venres 22


Solidariedade con Noelia Cotelo. Querémola na Galiza XA!!!

 

Próximamente celebrarase no cárcere de Brieva (Ávila) por parte da Xunta de Tratamento a revisión que determinará si Noelia Cotelo pode ser trasladada a un cárcere galego.
Noelia solicitou o traslado os días 27 e 28 de febreiro, é importante que agora fagamos presión para traela de volta a Galiza, mostrando todo o noso apoio á nosa veciña, amiga e compañeira que leva 5 anos sufrindo a lonxanía, o illamento e innumerables castigos e agresións pola súa actitude rebelde e insumisa.
Solicitamos a solidariedade das persoas e asociacións preocupadas pola defensa dos dereitos humanos das persoas presas, consideramos importante chamar e expresar a nosa preocupación polo trato que está a recibir Noe, solicitando que se lle traslade a Galicia como ela solicitou onde poida comezar un proceso de socialización rodeada de xente que a queira e axude.
Durante a semana do Martes 19 ao Venres 22 chamaremos de forma continuada ao CP de Brieva e SGIP, expresando a nosa preocupación e desexo que Noelia sexa trasladada a Galicia.
¿Si os cárceres non reintegran senón dispersan, Si os cárceres non axudan senón destrúen, a quen benefician?
Solidariedade con Noelia e tódalas persoas presas.
STOP Dispersión, STOP Illamento, STOP Torturas.

Teléfono CP Brieva, Ávila: 920 259023 Fax CP Brieva 920 259034
Teléfono SGIP: 91 3354700 Fax DGIP: 91 3354052


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A la atención de Ángel Yuste Castillejo. Secretario General de Instituciones Penitenciarias, y a la Junta de Tratamiento de la cárcel de Brieva, Ávila.

Noelia Cotelo Riveiro con D.I.I 2006027457 es una mujer gallega de 25 años, entro en prisión hace 5 años por problemas derivados de la adicción a las drogas, desde entonces, ha pasado prácticamente todo este tiempo en cárceles a cientos de kilómetros de su entorno, de su familia.
La Constitución Española en el art. 25 C.E. y la Ley Orgánica General Penitenciaria en el art. 1. establecen que el cumplimiento de las penas privativas de libertad debe estar orientado a la reeducación y a la reinserción social de los penados. Este mandato exige considerar que las personas condenadas a penas privativas de libertad no son seres eliminados de la sociedad, sino que son personas que deben continuar formando parte activa de la comunidad social.
Para la observancia de esta consideración, el precepto constitucional resocializador mantiene una doble exigencia. Por un lado, el favorecimiento del contacto activo recluso-sociedad, que exige a la administración penitenciaria el inicio de un proceso de integración social del recluso a través del mantenimiento/potenciación de los vínculos sociales –familiares, amigos, comunidad social– que tenga el ciudadano antes del ingreso en la cárcel. Por otro, la necesidad de evitar el desarraigo social que entorpezca el proceso de integración social y de recuperación personal. A este fin, los criterios de actuación de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias en materia de ubicación de penados/lugar de cumplimiento, deben ir encaminados a evitar que el cumplimiento de la condena origine un desarraigo familiar motivado por el alejamiento geográfico entre la cárcel y el domicilio. El desarraigo se intensifica cuando el ciudadano preso no puede comunicar con sus familiares por cuestiones económicas, es decir, cuando éstos no disponen de medios materiales o económicos suficientes para desplazarse hasta la cárcel.
El incumplimiento de esta orientación constitucional genera situaciones de desarraigo que entorpecen la integración social y la recuperación personal en el ámbito relacional. No podemos olvidar que el art. 25.2 CE al estar incluido en la Sección primera del capítulo II del título I de la Constitución es de directo cumplimiento, conforme a la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Asimismo, y en este mismo sentido, el art. 9.1 de la Constitución reconoce que los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y respeto del ordenamiento jurídico.
Asimismo, los artículos 12.1 LOGP y 9 RP establecen que: «la política de redistribución geográfica de los penados debe estar encaminada a evitar el desarraigo social de los mismos, procurando que las áreas territoriales coincidan, en la medida de lo posible, con el mapa del Estado de las Autonomías, dedicándose a los penados de cada área, la totalidad de la capacidad de los centros de cumplimiento que en la misma se ubiquen y procurando que cada área cuente con el número suficiente de establecimientos para satisfacer las necesidades penitenciarias». Por otro lado, «disponga de departamentos específicos para programas relativos a drogodependencias ubicados en diferentes áreas geográficas para evitar, en lo posible, el desarraigo social de los internos que sigan programa en ellos» (art. 116.3 RP).
Esta situación es continuamente motivo de preocupación en los informes del Defensor del Pueblo. En sus informes, señala que ha comprobado que buen número de las quejas que plantean los internos vienen referidas al alejamiento que sufren respecto de sus familias, sin que aparentemente existan motivos para ello.
En base a ello, los amigos y amigas, familiares y asociaciones que trabajamos en el ámbito penitenciario, esperamos tomen en consideración la solicitud cursada por Noelia el día 27 de Febrero de 2013, en la cual solicita el traslado a una cárcel próxima a su lugar de origen dentro de la Comunidad Autónoma Gallega, favoreciendo de esta forma un proceso de reinserción en la comunidad.

Como ha quedado expuesto, la finalidad de la institución penitenciaria no es aislar a los reclusos de la sociedad y de su entorno, sino favorecer un proceso de resocialización preparándoles para la vida en libertad. Por tanto, para que este principio axiológico se pueda cumplir, es necesario que Noelia cumpla los años de condena que le restan cerca de su entorno y su familia, favoreciendo de esta forma el proceso de reinserción.

Esperamos que la Dirección General de Instituciones Penitenciarias así como la Junta de Tratamiento tengan en consideración todo lo aquí expuesto en la próxima Junta, haciendo efectivo el Derecho Constitucional y recogido en la Ley Orgánica General Penitenciaria de toda persona presa de cumplir condena en una prisión próxima a una lugar de origen.

NINGUNA PERSONA PRESA LEJOS DE SU FAMILIA, DE SU ENTORNO
NOELIA COTELO RIVEIRO A GALICIA


Solidaridad con Noelia Cotelo. La queremos en Galicia YA!!!

Próximamente se celebrará en la cárcel de Brieva, Ávila, por parte de la Junta de Tratamiento la revisión que determinará si Noelia Cotelo puede ser trasladada a una cárcel gallega.
Noelia solicito el traslado los días 27 y 28 de febrero, es importante que ahora hagamos presión para traerla de vuelta a Galicia, mostrando todo nuestro apoyo a nuestra vecina, amiga y compañera que lleva 5 años sufriendo la lejanía, el aislamiento e innumerables castigos y agresiones por su actitud rebelde e insumisa.
Solicitamos la solidaridad de las personas y asociaciones preocupadas por la defensa de los derechos humanos de las personas presas, consideramos importante llamar y expresar nuestra preocupación por el trato que está recibiendo Noe, solicitando que se le traslade a Galicia como ella ha solicitado donde pueda comenzar un proceso de socialización rodeada de gente que la quiera y ayude.
Durante la semana del Martes 19 al Viernes 22 llamaremos de forma continuada al CP de Brieva y SGIP, expresando nuestra preocupación y deseo que Noelia sea trasladada a Galicia.
¿Si las cárceles no reintegran sino dispersan, Si las cárceles no ayudan sino destruyen, a quien benefician?
Solidaridad con Noelia y todas las personas presas.
STOP Dispersión, STOP Aislamiento, STOP Torturas.

Teléfono CP Brieva, Ávila: 920 259023 Fax CP Brieva 920 259034
Teléfono SGIP: 91 3354700 Fax DGIP: 91 3354052



Solidarity with Noelia Cotelo. We want her in Galiza NOW!!!

Soon there will be celebrated in Brieva's jail, Avila, the Meeting treatment the review that will determine if Noelia Cotelo can be moved to a Galician jail.
Noelia request the movement on the 27th and 28th of February, it is important that now we do pressure to bring her to Galicia, showing our support to our neighbor, friend and companion who goes 5 years suffering the distance, the isolation and innumerable punishments and aggressions for his rebellious attitude.
We request the solidarity of the persons and associations worried by the defense of the human rights of the imprisoned persons, think important to call and to express our worry for the treatment that Noe is receiving, requesting that moves to Galicia as her has requested, where she could begin a process of socialization surrounded with people who love and hepls her. During the week of the Tuesday 19 the Friday 22 will be calling the continued form to the CP of Brieva and SGIP, expressing our worry and our wish that Noelia should be moved to Galicia.
If the jails do not restore but disperse, If the jails do not help but destroy, whom they benefit?

Solidarity with Noelia and all the imprisoned persons
STOP Dispersion, STOP Isolation, STOP Torture

Telephone CP Brieva, Ávila: 920 259023 Fax CP Brieva 920 259034
Telephone SGIP: 91 3354700 Fax DGIP: 91 3354052 



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