12/01/13

Régimen F.I.E.S. O El Aislamiento Carcelario Como Exterminio

Régimen F.I.E.S. O El Aislamiento Carcelario Como Exterminio
El régimen FIES, cuyas siglas significan Ficheros de Internos de Especial Seguimiento entró a formar parte de nuestro ordenamiento penitenciario en el año1996 a través de una Instrucción de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, la nº 21/1996.
Es difícil saber exactamente en qué momento nacen estos ficheros, ya que nunca han gozado de la publicidad que este tipo normas restrictivas de derechos exigen y parece que ya en el año 83, se empieza a hablar de FIES 1 como respuesta a asociaciones de presos reivindicativos, en el contexto de luchas dentro de las cárceles.

Desde su creación ha sido muy cuestionado por Organizaciones Sociales y Colectivos de apoyo a las personas presas, y también por abogados, psicólogos y algunos jueces de Vigilancia Penitenciaria, por constituir un instrumento de control y castigo “al margen” de la legislación vigente, por encima de los límites que un Estado debe respetar en el ejercicio del poder sobre sus ciudadanos, incluidos sus ciudadanos presos.
Este fichero, bajo una apariencia administrativa que recoge datos relacionados con la situación penal, procesal y penitenciaria de los reclusos viene a establecer un régimen de vida al margen de la clasificación que regula nuestra legislación (primero, segundo tercer grados). Concretamente el fichero establece la siguiente clasificación:
• FIES 1. Control directo: internos especialmente conflictivos y peligrosos, protagonistas de alteraciones regimentales graves.
• FIES 2. Delincuencia organizada: internos que hayan ingresado en prisión en relación con delitos cometidos en el seno de grupos u organizaciones delictivas.
• FIES 3. Bandas armadas y grupos terroristas: in- ternos vinculados a bandas armadas y grupos terroristas (ETA).
• FIES 4. Fuerzas y cuerpos de seguridad: internos que pertenezcan o hayan pertenecido a fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.
• FIES 5. Características especiales: internos que precisan especial seguimiento por sus características criminológicas o psicológicas.
Aunque en la Instrucción se recoge expresa- mente que la inclusión en el fichero en ningún caso puede vedar el tratamiento ni suponer un régimen de vida distinto al fijado reglamentariamente, lo cierto es que en la práctica, de acuerdo con el apartado primero de dicha Instrucción dedicado a las Normas de seguridad, control y prevención de incidentes relativas a internos muy conflictivos y/o inadaptados, ser incluido en el fichero FIES supone:
  1. Que un preso permanezca encerrado en su celda, solo, sin mantener contacto con ninguna otra persona durante veintiuna horas diarias. Incluso la comida se les reparte a través de una trampilla y las obligadas visitas médicas diarias se realizan desde la mirilla de la celda. Ni siquiera pueden los presos ocupar celdas contiguas, lo que condena a mayor soledad y aislamiento.
  2. Prohíbe que puedan salir al patio más de dos presos juntos y establece cacheos de los internos, a la entrada y a la salida de la celda, lo que supone un mínimo de cuatro cacheos diarios.
  3. Impone a los presos la obligación de situarse de pie, al fondo de la celda, cada vez que el funcionario haga acto de presencia.
  4. Establece controles incluso durante la noche, cada hora, encendiendo las luces y alumbrando el interior de la celda, lo que impide el descanso de los internos y vulnera el derecho a la intimidad y la dignidad del preso.
  5. Limita las llamadas telefónicas, la duración de las visitas de convivencia, y con ello, las relaciones familiares de los presos FIES.
  6. Facilita la intervención de las comunicaciones de manera sistemática, vulnerando la necesidad de motivación que la justifique, establecida por la legislación penitenciaria.
  7. Prohíbe el acceso a las actividades colectivas, deportivas y laborales de estos reclusos, impidiendo toda posibilidad de tratamiento y con ello su reinserción social.
Todas estas medidas vienen a constituir un régimen estricto de control sobre determinados presos y suponen la consagración del aislamiento como tratamiento penitenciario y la tortura psicológica como arma en manos de la Administración penitenciaria.
Con estos argumentos y tomando como base la propia legislación penitenciaria que reconoce los derechos fundamentales de los presos y que exige que su restricción venga impuesta por normas con rango de ley orgánica, en octubre del año 2000 se interpuso por parte de la asociación “Madres Unidas Contra la Droga” (de Madrid) un recurso ante el Ministerio del Interior para que dejase sin efecto la Instrucción 21/96 que regulaba estos ficheros. Es bueno recordar, haciendo memoria, que si bien el Recurso lo interpusieron “Madres unidas” lo cierto es que ellas eran la expresión de multitud de Colectivos y personas, en todo el Estado español, a quienes este fichero nos parece contrario a Derecho y un atentado a la persona.
Hicieron falta nueve años de lucha ante los tribunales para que finalmente, una sentencia del Tribunal Supremo, reconociera la nulidad de pleno derecho del citado apartado primero, de la Instrucción. El Tribunal Supremo dio la razón a las voces críticas contra los FIES. Dicha sentencia, de- clara que la referida Instrucción de II.PP. vulnera el principio de jerarquía normativa que establece la Constitución española, por regular y restringir derechos fundamentales sin el necesario rango de Ley Orgánica y, por tanto, sin las garantías exigidas y derivadas de la importancia que tienen estos derechos en nuestro ordenamiento y sus limitaciones.
Junto al reconocimiento de la “ilegalidad” del régimen FIES que representa esta sentencia, hay que destacar igualmente el respaldo que supuso en noviembre de 2002 el Informe del Comité contra la Tortura de la ONU, que manifestaba su preocupación por los presos clasificados en los ficheros FIES al considerar que sus condiciones materia- les de reclusión y, especialmente, la depravación sensorial que sufren, estaría en contradicción con los métodos de tratamiento penitenciario y podría considerarse una práctica de tortura.
Sin embargo no podemos concluir simplemente celebrando la supresión del régimen FIES de nuestro ordenamiento. Muy al contrario el Ministerio del Interior ha” blindado” jurídicamente este fichero de control y aislamiento, al darle cobertura reglamentaria, tras la reciente reforma del Reglamento Penitenciario efectuada por Real Decreto de 25 de Marzo de 2011.
El nuevo Reglamento Penitenciario abre la puerta, o podemos decir que la mantiene abierta, al aislamiento de las personas presas, a la ausencia de actividades, a las limitaciones en sus relaciones familiares y en definitiva a lo que la propia Organización de Naciones Unidas se ha atrevido a calificar como tortura psicológica.
Y ¿dónde queda el artículo 25.2 de la Constitución Española que habla de derechos de los presos y de reinserción social? Ahí está, colgado solemne- mente en muchas de nuestras prisiones, formando parte de los temarios que se estudian para acceder al cuerpo de funcionarios de Instituciones Penitenciarias, pero desde luego no tiene mucho que ver con la vida diaria de los presos clasificados en primer grado e incluidos en estos ficheros F.I.E.S.
Amparo Barbero y Javi Baeza
A continuación dos testimonios de personas con más de 20 años de prisión que pasaron por este régimen exterminador:


[Audio] FIES, Historia Y Lucha En Prisión

Un ex-preso con más de 20 años de cárcel, gran parte de ellos en aislamiento, habla de la supervivencia dentro de prisión, del regimen FIES, de la lucha de los presos contra el aislamiento, de los presos, de las enfermedades…

Charla: “Macrocárceles Y FIES, Máquinas De Tortura”

El pasado sábado, 26 de noviembre se realizó en Valencia donde viene siendo habitual una charla-debate más de las que se piensa celebar mensualmente dentro del ciclo en apoyo de la lucha contra las torturas y malos tratoa en las cárceles. Participaron más de sesenta personas. La iniciativa la llevaron el colectivo Autodefentsa de Vitoria, que proyectaron una película que han realizado sobre las macrocárceles,  y un compañero que participó desde dentro en la lucha contra el régimen de castigo FIES habiéndolo sufrido durante muchos años. A continuación, la grabación de la charla y otros materiales.


extraido de Boletin Tokata.

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