Pese a la disposición en contrario de esa
institución, cuya función consiste, a nuestro juicio, más en lavar la
cara del Estado, encubriendo sus excesos y abusos, que en defender los
derechos de los “ciudadanos”, la Defensora del Pueblo, en su informe
anual del 2012, reconoce muchas situaciones de vulneración de
derechos, tanto en el ámbito carcelario como en otros.
Por ejemplo, en cuanto a las denuncias de
malos tratos por parte de las personas presas, de las que dice ha
recibido 580, admitiendo a trámite solamente 269, afirma que los
servicios centrales de la administración penitenciaria “muestran gran
resistencia a aceptar la recomendación” hecha por ella de que los
investigadores de las denuncias sean ajenos a la plantilla de la
prisión, y que se realicen registros fotográficos de las lesiones
producidas. Además, considerando “de trascendental importancia”, para
poder comprobar las denuncias de malos tratos, disponer de las
grabaciones de las cámaras de videovigilancia, señala “la inexistencia
de un protocolo de toma, conservación y recuperación” de las mismas.
Por otra parte, constata que el Programa
de Prevención de Suicidios en las cárceles no es útil, ya que 11 de los
44 reclusos que intentaron quitarse la vida en 2011 estaban incluidos en
el mismo, y 4 de los 15 que lo consiguieron también”. Aunque el informe
refleja que en 2011 descendió la tasa de mortalidad en las prisiones
pasando de 185 fallecidos en 2010 a 149 en 2011, dato que considera
positivo, tiene que destacar que una cuarta parte de los fallecimientos
se debieron al consumo de drogas. En 2011 se contabilizaron 39 muertes
por sobredosis, la misma cantidad que el año anterior; en 22 de estos
casos los internos no estaban incluidos en el programa de mantenimiento
con metadona, y, sin embargo, en dos tercios de los análisis
toxicológicos exhibidos se detectó la presencia de esta sustancia,
mientras que, de las 39 personas presas que fallecieron por sobredosis,
únicamente 17 estaban incluidas en el programa de mantenimiento con
metadona. Además, sólo se pudo disponer de la mitad de los informes
toxicológicos de estos fallecidos.
Reconoce la situación de especial
vulnerabilidad de los enfermos mentales encarcelados y una serie de
incongruencias entre su condición y el modo en que se les trata. Habla
también de sobreocupación y de situaciones que ponen en cuestión el
respeto de los derechos de los presos y de sus familiares, como la
recogida y tratamiento de datos, los cacheos, a veces con desnudo
integral, los traslados, la información sobre sus derechos a las
personas presas, etc. Quienes conocen un poco de cerca la situación
carcelaria saben que todo eso no es más que la punta del iceberg. Así
que, considerando la actitud indulgente y permisiva de que siempre ha
hecho gala la institución de que estamos hablando, consideramos este
informe un indicador claro de la casi absoluta indefensión y de la
permanente y radical vulneración de los derechos de las personas presas
en las cárceles del Estado español.
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